RESOLUCIÓN Nº 116-2023-JDCCPP/AG.
Conclusiones PIURA - ÉTICA 2023
Piura, 08 de diciembre de 2023
Visto:
El Acta de Asamblea General Extraordinaria de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, de fecha 08 de diciembre de 2023, desarrollada en la modalidad presencial, en la ciudad de Piura;
Considerando:
Que, la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, como máximo organismo representativo de la Profesión Contable dentro del país y en el exterior, por mandato expreso de la Ley nº 28951 - Ley de actualización de la Ley n° 13253, de profesionalización del Contador Público y de creación de los Colegios de Contadores Públicos del Decreto Ley nº 25892 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-93-JUS, está representada por su Presidente ante las entidades nacionales e internacionales de contadores públicos, asumiendo responsabilidad en los aspectos normativos de la profesión a través de sus acuerdos y resoluciones;
Que, el Reglamento General de Convenciones Nacionales faculta a la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú a emitir conclusiones en base a los Informes de los Grupos de Discusión o de Trabajo evaluados por el Comité Técnico Nacional de la Convención Nacional;
Que, el Colegio de Contadores Públicos de Piura y la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú han organizado la I Convención Nacional de Ética Aplicada en las Ciencias Contables y Financieras, desarrollado los días 07, 08 y 09 de diciembre del presente año en la modalidad presencial y virtual, evento académico que contribuye a difundir los avances científicos y tecnológicos del ejercicio de la profesión, con miras a ocupar una posición de vanguardia frente a los retos que le plantean los cambios económicos actuales y futuros en el Perú y en el mundo, con una visión innovadora y valores éticos en la profesión del Contador Público, que permita cumplir la misión de ambos en el estudio e investigación de las diversas ramas de la disciplina contable; así como, a la difusión, mejor conocimiento e intercambio de técnicas de la profesión con otras áreas de conocimiento y el fortalecimiento de las relaciones interinstitucionales;
Que, el artículo 5° de la Ley n° 28951 señala que son fines de los colegios de contadores públicos fomentar el estudio, actualización capacitaciones permanente y promueve la investigación relacionada con la profesión contable;
Que, en Asamblea General Extraordinaria de fecha 08 de diciembre de 203, se acordó por unanimidad aprobar, aprobar las conclusiones de Piura elaborada en el marco de la I Convención Nacional de Ética Aplicada en las Ciencias Contables y Financieras;
En el uso de sus atribuciones establecidas en el artículo 10° inciso e) del Reglamento General de Convenciones Nacionales y artículo 38° del Estatuto de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1°. - APROBAR, “Las Conclusiones de la I Convención Nacional de Ética Aplicada en las Ciencias Contables y Financieras”, la misma que forma parte de la presente resolución.
Artículo 2°. - REMITIR, copia de la presente Resolución a los interesados, a los miembros del Consejo Directivo de la Junta de Decanos, a los Colegios Departamentales de Contadores Públicos del Perú, al Comité Técnico Nacional Permanente y al Comité Técnico Nacional de la especialidad.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
CONCLUSIONES DE LA I CONVENCIÓN NACIONAL DE ÉTICA APLICADA EN LAS CIENCIAS CONTABLES Y FINANCIERAS
- Las Facultades de Contabilidad de las Universidades Públicas y Privadas no tienen implementado el curso de ética alineado con el Manual de Código Internacional de Ética para Contadores Profesionales aprobado por la Federación Internacional de Contadores y el Código de Ética del Contador Público Peruano aprobado por la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú.
- Los Colegios Departamentales no exigen la aprobación Curso de ética, alineado con el Manual de Código Internacional de Ética para Contadores Profesionales aprobado por la Federación Internacional de Contadores y el Código de Ética del Contador Público Peruano aprobado por la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, previo a la incorporación de los nuevos miembros de la orden al colegio respectivo.
- Los Colegios Departamentales no han realizado el proceso de adecuación del nuevo Código de Ética del Contador Público el mismo que debe ser aprobado en Asamblea General y difundido entre los miembros de la orden.
- Los Colegios Departamentales, en su mayoría, no realizan capacitaciones, en forma permanente, a los miembros de la orden sobre el Nuevo Código de ética.
- Existe escaso seguimiento a las faltas cometidas por los miembros de la orden al Código de ética, lo que ocasiona que en muchos casos las conductas infractoras no sean sancionadas.
- Los contadores públicos puede ser sujetos de sanción penal como consecuencia del ejercicio profesional viéndose involucrados en calidad de autores o cómplices en diversos delitos en su ejercicio profesional, es el caso del delito tributario, lavado de activos, cohecho, fraude en la administración de personas jurídicas, entre otros.
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