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Lima, 19 de Abril del 2024

Suspensión del Proceso de Certificación y Recertificación - 2021

Resolución 005-2021

Lima, 26 de abril del 2021.

VISTO:

Carta N° 005-2021-CNEPCPCPC/JDCCPP de fecha 21 de abril de 2021 elaborado por el Presidente de la Comisión Nacional de Elaboración de Pruebas y Calificación del Proceso de Certificación y Recertificación del Contador

Público Colegiado; y

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el artículo 11° de la Ley N° 28951 Ley de Actualización de la Ley N° 13253 de Profesionalización del Contador Público, establece que la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú es el máximo organismo representativo de la profesión de Contador Público dentro del país y en el exterior, concordante en el artículo 1° del Decreto Ley N° 25892 y el artículo 1°

de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 008-93-JUS;

Que, el Gobierno Central ha emitido normas legales de prórroga del Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afecten la vida de las personas a consecuencia del COVID-19, es así con Decreto Supremo N° 008-2020-SA se declara la emergencia sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendarios y se dictaron medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19, la misma que fue prorrogada por los Decretos Supremos N° 020-2020-SA; N° 027-2020-SA y N° 009-2021-SA, hasta el 2 de

setiembre de 2021;

Que, mediante Resolución N° 004-2021-JDCCPP/AG se aprueba el nuevo cronograma regulatorio de la profesión contable en relación a las Normas Internacionales que promueve IFAC – Federación Internacional de Contadores- como parte del proceso de transformación digital 2021-2025 de la profesión contable peruana que promueve la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú de la mano de sus órganos reguladores y Comités Técnicos, en el cual se establece para el año 2022 la aplicación de los estándares para la Certificación Profesional por competencias y para el año 2024 la aplicación de estándares para la recertificación profesional;

Que, la Certificación y Recertificación de la Competencia Profesional del Contador Público Colegiado esta normada por la Ley 28951 “Ley de Profesionalización del Contador Público y de sus Instituciones”, cuyo artículo  13o, establece que la Certificación y Recertificación de los Contadores Públicos Colegiados a nivel nacional, está a cargo de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú;

Que, el artículo 19o del Reglamento de Certificación y Recertificación Profesional del Contador Público Colegiado establece que la Comisión Nacional remite a la Junta de Decanos un cronograma que deben cumplir con fin de proceso de certificación;

Que, en Asamblea General Extraordinaria de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú de fecha 13 de febrero del 2021, se aprobó por mayoría la primera propuesta de Cronograma del Proceso de Certificación y Recertificación para el año 2021, donde se establece las siguientes fechas:

 

PROCESO EUC JUNIO

13 de junio de 2021

PROCESO EUC SETIEMBRE

4 de setiembre de 2021

PROCESO EUC DICIEMBRE

4 de diciembre de 2021

 

Que, en asamblea general extraordinaria de fecha 24 de abril de 2021, acordaron por unanimidad aprobar la suspensión del proceso de certificación y recertificación profesional para el año 2021 y la prórroga de la vigencia para los contadores públicos colegiados certificados cuya vigencia haya culminado durante los años 2020 y 2021;

la Oficina de Asesoría Legal; y,

Contando con las visaciones del Consejo Directivo y de

Que, de conformidad con Ley N° 28951 Ley de Actualización de la Ley N° 13253 de Profesionalización del Contador Público, del Decreto Ley N° 25892 y de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 008-93- JUS y, en uso de las atribuciones que confiere el Estatuto de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú;

 

SE RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- SUSPENDER el proceso de Certificación y Recertificación Profesional del Contador Público Colegiado para el año 2021, por las consideraciones expuestas en la presente resolución.

 

 

ARTÍCULO 2°.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución N°001-2021-JDCCPP/AG de fecha 15 de febrero de 2021 en la cual se aprueba el cronograma del Proceso de Certificación y Recertificación para el año 2021 en la modalidad virtual y excepcionalmente presencial.

ARTÍCULO 3°.- PRORROGAR la vigencia para los contadores públicos colegiados certificados cuya vigencia haya culminado durante el periodo 2020 – 2021, por las consideraciones expuestas en la presente resolución.

ARTÍCULO 4°. - REMITIR, copia de la presente Resolución a los Decanos de los Colegios Departamentales del Perú e interesados.

07/05/2021 VOLVER

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