PRONUNCIAMIENTO

Sr. Ingeniero Martín Vizcarra Cornejo
Presidente de la República del Perú
Ante los acontecimientos relacionados con el COVID-19 en nuestro país, y considerando las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo, la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, entidad representativa de la profesión contable, hace extensivo el siguiente pronunciamiento:
1. Con fecha 13 y 16 de marzo de 2020, se han publicado en el Diario Oficial El Peruano las Resoluciones de Superintendencia N° 054-2020/SUNAT y N° 055-2020/SUNAT, mediante las cuales se posterga el plazo de presentación de la declaración anual del Impuesto a la Renta del ejercicio 2019 y declaración mensual del periodo tributario febrero 2020, respectivamente.
2. La referida postergación ha sido otorgada a los contribuyentes cuyos ingresos anuales del ejercicio 2019 no superan 2300 UIT (S/ 9´660,000 soles); y, tienen como fundamento la declaración de emergencia sanitaria a nivel nacional por noventa (90) días (Decreto Supremo N.° 008-2020-SA), y el estado de emergencia nacional por el plazo de quince (15) días calendarios (Decreto Supremo N° 044-2020-PCM), originada por el COVID-19.
3. Teniendo en cuenta que el cumplimiento de las obligaciones tributarias recae fundamentalmente en los contadores públicos, consideramos que la medida adoptada vulnera el derecho de igualdad reconocido en la Constitución Política del Perú, toda vez que, el fundamento para la postergación es la propagación del COVID-19, y siendo que el virus afecta a todos, no existen razones objetivas ni razonables para la diferencia de trato.
4. En relación al principio de igualdad el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia, entre ellas la STC 00009-2007-PI/TC, ha señalado que: (…) la igualdad, además de ser un derecho fundamental, es también un principio rector de la organización del Estado social y democrático de Derecho y de la actuación de los poderes públicos. Como tal, comporta que no toda desigualdad constituye necesariamente una discriminación, pues no se proscribe todo tipo de diferencia de trato en el ejercicio de los derechos fundamentales; la igualdad solamente será vulnerada cuando el trato desigual carezca de una justificación objetiva y razonable.
Por lo expuesto, solicitamos se amplíe la postergación del cumplimiento de las obligaciones tributarias a todos los contribuyentes, a fin de evitar, no solo, la lesión al derecho a la igualdad, sino también al derecho a la vida de los contadores y sus familiares.
Lima, 18 de marzo de 2020
Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú